¿Está permitido casarse con una no musulmana? ¿Cuáles son las condiciones del contrato de matrimonio, según la legislación islámica, en caso de hacerlo en Alemania? ¿Cuáles son las condiciones del matrimonio en caso de hacer el contrato en un país musulmán?
¿Debe el padre de la esposa asistir a su matrimonio, teniendo en cuenta que no es musulmán? ¿O debe ella elegir a un hombre musulmán para que funja como su tutor?
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Si la mujer es musulmana o de la gente del Libro y es casta, el musulmán puede casarse con ella, cualquiera que sea su nacionalidad.
En cuanto a las condiciones para casarse con ella, son las mismas que se requieren para que el matrimonio sea válido, entre las cuales se nombran las siguientes: la aceptación de los cónyuges, la existencia del Wali (tutor) de la mujer, los testigos, etc. Da lo mismo si el contrato se hace en un país islámico o no.
Quien puede casar a la mujer es su tutor de la misma religión; entonces, si la mujer es musulmana, la casa su tutor musulmán, pero si no hay; entonces la casa el dirigente musulmán o quien lo representa. Pero si la mujer es de la gente del Libro, la casa un tutor de su misma religión, y este tutor puede encargar a otro hombre de casarla, a condición de que éste último tenga la misma religión de la mujer.
Cabe resaltar que es preferible que el musulmán no se case con una mujer de la gente del Libro, porque este matrimonio puede tener influencia sobre los hijos en cuanto a su religión y sus modales, además de otras malas consecuencias.
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