Alabado sea Al-lah y que la paz y las bendiciones sean con el Profeta de Al-lah, su familia y seguidores.
Si compraste esa tierra para poseerla, no estás obligado a pagar Zakaah por ella. Si la adquiriste con el propósito de venderla, entonces le aplica la norma de los bienes comerciales y hay que valorarlo al precio del día en que se completa un año lunar desde que la compraste. Debes pagar una tasa del 2.5% de su valor anualmente como Zakaah. Sin embargo, si estabas indeciso sobre si poseerla o venderla cuando la compraste, entonces mira en cuál de las dos opciones estaba más cerca tu intención y aplica la norma correspondiente. Por otra parte, si tenías la intención de tenerla por un tiempo fijo en el que no pretendías venderla, y luego tomaste la decisión de venderla, entonces debes pagar el Zakaah sobre su valor al pasar un año lunar completo desde el momento en que decidiste venderla.
Y Al-lah sabe más.