Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
La julwa (cuando un hombre y una mujer a quienes no une un lazo familiar que lo haga su mahram, hombre con el cual no se puede casar por ley, están a solas lejos de la vista de los demás) ha sido prohibida por el Islam y se previene sobre el peligro que se corre, según se encuentran en los textos auténticos. Ahmad y At-Tirmidhi registraron que Omar, que Al-lah esté complacido con él, reportó que el Mensajero de Al-lah, que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo: “Cuando un hombre y una mujer a quienes no une un lazo familiar que lo haga su mahram están a solas, el tercero entre ellos dos es el Shaitan”. Mula Ali Al Qari explicando este hadiz dijo: “Se refiere al deseo que deposita el demonio en ambos y que los puede llevar a caer en la fornicación o el adulterio (o el acoso y hasta la violación)”.
Los sabios del Islam establecieron dentro de la normativa que hace que la julwa sea ilícita el hecho de que ambos se encuentren en un lugar en el que, nadie pueda irrumpir en cualquier momento, lo que permite la ocurrencia de un acto prohibido entre ambos o de uno de ellos hacia el otro. Así lo mencionó Al Buyaimiri, de la escuela Shafiita. Por su parte Al Haitami en Tuhfah Al Muhatay escribió: “Esto cuando la puerta está cerrada con seguro, porque si una mujer entra en la mezquita donde hay un hombre, esto no se considera ilícito, pues es un lugar público y abierto, por donde entran personas a cualquier momento”.
Esto responde a tu pregunta, es decir, en el caso de que en el lugar donde vas a estar un tercero pueda entrar porque la puerta no ha sido cerrada con seguro y porque no necesita anunciarse para hacerlo, entonces no hay problema que vayas a dicha asesoría.
Ibn ‘Abidin comentó en Al Hashia: “Si un tercero debe pedir permiso para a entrar, entonces es considerado como la julwa ilícita”.
Así que, si lo que buscas es tranquilidad en este tipo de asuntos, debes ponderar tu situación y ver qué perjuicios te acarrearía el no asistir a dicha asesoría, si son mínimos, de manera que no pasarás necesidades ni dificultades (y que no te meterás en problemas con las autoridades de ese país), entonces no vayas.
Además, queremos señalarte que tú no estás obligada a trabajar para mantenerte a ti misma o a tu familia, esa obligación le corresponde a tu esposo, es decir, que dentro de tus derechos como mujer y como esposa se encuentra la nafaqa (gastos de manutención).
Y Al-lah sabe más.