Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
Tomar dinero prestado con riba (interés o usura) está terminantemente prohibido, por tanto, no es permisible ayudar a alguien a hacerlo o realizar la documentación para tal fin (el contrato con riba).
Yabir, que Al-lah esté complacido con él, narró que el Profeta, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo: “Al-lah ha maldecido a quien consume riba, al que se la da a otros, al que la registra y al que es testigo de ello (la transacción)”. Agregó: “Todos ellos son iguales en el pecado” (Muslim).
An-Nawawi, que Al-lah lo tenga en Su misericordia, dijo en Sharh Muslim:
“Estas son palabras explícitas sobre la prohibición de registrar transacciones entre dos partes en un contrato basado en la riba o ser testigo de ello. También demuestra la prohibición de ayudar en la falsedad”.
Con respecto a vender propiedades a alguien que las adquiere con dinero prestado con interés, no hay nada malo con esto ya que opinamos que la prohibición de tales préstamos existe en relación al deudor que tomó bienes con riba, y no al dinero mismo.
Si hay constructores que prestan dinero lícitamente (o sea, préstamos sin riba), pues no hay nada malo con guiar a la gente a ellos y ayudarlos en el proceso.
Para más información sobre la prohibición de tomar dinero prestado con riba y las reglas sobre esto, por favor consulta las fatwas 404938, 402904, 100833, 379279, 136065, 86136 y 86521.
Y Al-lah sabe más.