Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
No hay ningún inconveniente en emplear a un hombre o una mujer para que realice las tareas domésticas, como limpiar, etc., con la condición de que observe las normas de la Shari‘ah. Si contratan a un hombre, le está prohibido reunirse en privado con las mujeres de la casa, como está prohibido que ellas aparezcan enfrente de él sin Hiyab, y que él las salude con la mano o toque algo de su cuerpo.
Y si contratan a una mujer, no le está permitido, ni a usted y ni a sus hijos, reunirse con ella en privado, ni saludarla estrechando la mano, ni que ella aparezca enfrente de ustedes sin Hiyab. Tampoco, está permitido, en lo absoluto, que ella frote o toque a un hombre que no es su Mahram. Es más, esto está estrictamente prohibido y lleva a caer en la fornicación. Sin duda alguna, el hecho de que el sirviente o la sirvienta se queden en casa de forma continua, hará difícil observar esas normas. Por lo tanto, tengan cuidado.
Usted puede determinar un tiempo preciso en el cual el sirviente realice sus tareas, y luego se vaya. Pues, ¿cuántos infortunios y desgracias ocurrieron a causa de la mezcla irrestricta de los sirvientes con la gente de la casa?
En cuanto a los derechos del sirviente, se debe cumplir con todo lo pactado en la contratación. Por consiguiente, se le debe pagar el sueldo acordado, y no se le debe encargar trabajos que no pueda realizar.