Después del Iftar (ruptura del ayuno) en Ramadán, mi esposo y yo nos acariciamos. ¿Está permitido ayunar después de eso? ¿Y cuál es el veredicto de la Shari‘ah acerca de eso en caso de ser incorrecto?
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallahu ‘alaihi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Si la caricia no causó eyaculación, entonces no es obligatorio realizar el Gusul (baño ritual), pues éste se debe realizar solamente en caso de que haya penetración o eyaculación. Así, una mera caricia no obliga a realizar el Gusul. Además, el ayuno se considera válido durante el estado de Yanabah (impureza ritual mayor). Si alguien se levanta estando Yunub (en estado de impureza ritual mayor), su ayuno es válido; no obstante, debe realizar el Gusul para rezar, ya que la oración de la persona Yunub no es válida.
Puede buscar una Fatwa según las siguientes opciones: