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Concluciones del documento firmado en Medina (Parte 1)

Concluciones del documento firmado en Medina (Parte 1)

 

  •  Determinar el concepto de la Ummah:
El documento incluyó principios generales, donde abarcó los principios constitucionales del estado moderno, estando a la cabeza de la lista de estos principios el hecho de determinar el concepto de la Ummah.
 
Así pues, la “Ummah” en el documento incluye a todos los musulmanes, Al Muhayirun y Al Ansar, que Al-lah esté complacido con ellos, y sus seguidores, que Al-lah les dé Su perdón, quienes les siguieron y lucharon con ellos para formar una sola nación.
 
Y eso se considera una novedad en la historia de la vida política en la Península Arábiga, ya que el Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, sacó a su gente del concepto del tribalismo y de la lealtad a la tribu hacia el concepto de la Ummah que incluye a todos los que abrazaron la nueva religión.
 
Así pues, el documento les denominó “una Ummah” [Artículo 2], lo cual fue mencionado en el Noble Corán, donde Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta así en español): {Por cierto que esta vuestra comunidad es una, y Yo Soy vuestro Señor. ¡Adoradme sólo a Mí! } [Corán 21:92].
 
Así pues, Al-lah, Glorificado Sea, Manifestó la moderación de esta Ummah cuando Dice (lo que se interpreta así en español): {Hicimos de vosotros una comunidad moderada y justa, a fin de que fuerais testigos ante la humanidad [de la llegada de los Profetas anteriores], y fuera el Mensajero vuestro testigo. No Establecimos la Qiblah a la cual te orientabas sino para distinguir quien seguía al Mensajero y quien le daba la espalda. Esto fue algo difícil, salvo para aquellos a quienes Al-lah Guió, y Él no Dejará de recompensaros por vuestra fe [las oraciones que realizasteis antes del cambio de la Qiblah]. Ciertamente Al-lah Es Compasivo y Misericordioso con los hombres.} [Corán 2:143].
 
Al-lah, Glorificado Sea, Declaró también que es una Ummah positiva que no toma una postura negativa ante sus asuntos seculares, sino que ordena el bien y prohíbe el mal, llama a las virtudes y advierte en contra del pecado.
 
 Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta así en español): {Sois la mejor nación que haya surgido de la humanidad: Ordenáis el bien, prohibís el mal y creéis en Al-lah. Si la Gente del Libro creyera, sería mejor para ellos; algunos son creyentes pero la mayoría desviados.} [Corán 3:110].  
 
Y con esta denominación los musulmanes se unieron a pesar de las diferencias tribales. Así pues, se apoyaban entre sí, asistían al oprimido contra el tirano, cuidaron de los lazos familiares, de la amabilidad y la buena vecindad.
 
Los dos grupos de Al Aws y Al Jazray se fundieron en el grupo único de Al Ansar, y luego, Al Ansar y Al Muhayirun, que Al-lah esté complacido con ellos, se fundieron en el grupo único de los musulmanes, convirtiéndose en una sola Ummah cuyos miembros se relacionan gracias a los lazos de la doctrina y no los de la sangre.
 
Y así sus sentimientos, su forma de pensar y sus tendencias se unifican, su anhelo es sólo hacia Al-lah, el Todopoderoso, y no a la tribu, y su juicio es la Shari‘ah y no la tradición. Se distinguen de toda la gente ya que estos lazos unen a los musulmanes exclusivamente.
 
No hay duda de que dar un lazo exclusivo al grupo religioso era algo planificado que les incite a reforzar su identidad, su conciencia de sí mismos, y eso se hace evidente en la dirección de Al Qiblah y dirigirse hacia la Meca después de haberse dirigido durante dieciséis o diecisiete años hacia Jerusalén en el rezo.
 
Así pues, el Profeta, sallallahu ‘alayhi wa sallam, distinguió a sus seguidores de los demás seres humanos en muchos otros aspectos. Cabe destacar por ejemplo que los judíos no rezaban con sus calzados puestos, entonces, el Profeta, sallallahu ‘alayhi wa sallam, permitió que sus Compañeros, que Al-lah esté complacido con ellos, rezaran con sus calzados puestos; los judíos no se teñían las canas del cabello, y entonces, los musulmanes se tiñeron sus pelos grises con alheña. Los judíos ayunaron el día de ‘Ashura’, mientras que el Profeta, sallallahu ‘alayhi wa sallam, lo ayunaba también y luego determinó a finales de su vida que ayunaría el noveno día también para diferenciarse de ellos.             
 
El Profeta, sallallahu ‘alayhi wa sallam, impuso a los musulmanes el principio de que deben contradecir las costumbres de los demás para llegar a ser un pueblo distinto y dijo: “Quien imita a un pueblo, será uno de ellos” y dijo: “No imitéis a los judíos”. Y los Hadices son muchos respecto a este tema y dan cabal imagen del orgullo de los musulmanes por su idiosincrasia y comportamientos diferentes de los demás.
 
Sin embargo, este aspecto distintivo no significa un obstáculo entre los musulmanes y los demás, ya que la estructura de la comunidad musulmana es abierta, capaz de ser ampliada y quien cree en su doctrina, puede unirse a ella.
 
El estatuto consideró a los judíos como una parte de los ciudadanos del estado islámico y un elemento de este Estado, por eso, se dijo en el documento: “Y quienes nos siguieron de los judíos, tendrán la asistencia y la igualdad, no serán oprimidos ni se les combatirá” (Artículo 16). Luego, este juicio se aclaró más en el articulo (25), pues, lo mencionó claramente en su dicho: (Los judíos de Banu ‘Awf son una Ummah con los creyentes...).
 
Así, vemos que el Islam consideró a la gente del Libro que vive entre ellos como conciudadanos, y que son una Ummah con los creyentes, debido a que cumplen los deberes que se les corresponden, pues, la diferencia de la religión, según los artículos del estatuto, no es impedimento de la ciudadanía.
 
  •  La autoridad superior (la soberanía) es para Al-lah, Enaltecido Sea, y Su Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam:
 
El documento refirió la decisión final en todos los temas en Medina a Al-lah, Ensalzado Sea, y a Su Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, pues decretó que, de haber diferencias de opinión respecto a lo que estaba escrito, la autoridad de referencia sería Al-lah y Su Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam: “En cualquier tema de desacuerdo, tendréis que remitiros a Al-lah y a Muhammad, sallallahu ‘alayhi wa sallam”.
 
El objetivo de eso es claro, es decir, confirmar una autoridad suprema religiosa que domina Medina y emite sentencia ante los desacuerdos evitando los disturbios internos a causa de las soberanías múltiples, y al mismo tiempo, es una confirmación tácita de la autoridad del Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, sobre el Estado, pues, el documento determinó la fuente legítima de donde surgen las tres soberanías; la legislativa, la judicial y la ejecutiva.
 
El Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, insistía en cumplir con las Órdenes de Al-lah, el Majestuoso, a través de su nuevo Estado, ya que, reconocer la soberanía de Al-lah, el Todopoderoso, sobre la Ummah es la adoración pura a Al-lah, Enaltecido Sea. De esta manera se estableció la practica del At-Tawhid (El monoteísmo islámico) y la forma de adoración que Al-lah Decretó para los seres humanos fue la más elevada .
Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta así en español): {Los que adoráis en vez de Él no son más que nombres que habéis puesto vosotros y vuestros padres [a piedras y estatuas], y Al-lah no os Confirió autoridad alguna para ello. Ciertamente el juzgaros compete a Al-lah, Quien ordenó que no adoréis a nada ni nadie excepto a Él; ésta es la religión verdadera, pero la mayoría de los hombres lo ignoran} [Corán 12:40].
 
Es decir: “El juicio verdadero en la divinidad, las doctrinas, los ritos de adoración y las transacciones es de Al-lah, el Majestuoso, Sólo, lo Inspira a quien Elija de Sus Mensajeros, y nadie de los humanos lo puede superar con su opinión o sus deseos, ni tampoco mediante su imaginación, su raciocinio o su fuerza.
 
Entonces esta instrucción es la base de la Religión de Al-lah, Enaltecido sea, llevada por boca de todos Sus Mensajeros, la paz sea con ellos, y no se diferencia con el cambio de los tiempos ni de los lugares”.
 
El Noble Corán descendió para lograr que la adoración y la soberanía sean atribuidas exclusivamente a Al-lah, Enaltecido sea, que Dice (lo que se interpreta así en español):
1-      {Ciertamente te Hemos revelado el Libro [¡Oh, Muhammad!] con la Verdad; adora a Al-lah rindiéndole culto sincero. ¿Acaso no se le debe rendir a Al-lah el culto sincero? Aquellos que toman a otros como protectores [y objeto de adoración] fuera de Él dicen: Sólo les adoramos para que nos acerquen a Al-lah [e intercedan por nosotros]. Al-lah Juzgará entre ellos [y los creyentes] acerca de lo que discrepan [la unicidad divina y la idolatría]. En verdad, Al-lah no Guía a quien es mentiroso e incrédulo.} [Corán 39:2-3].
2-        {Por cierto que te Hemos revelado el Libro con la Verdad para que juzgues entre los hombres con lo que Al-lah te Inspira. No defiendas a los traidores.} [Corán 4:105].
 
Así pues, lograr la adoración exclusiva de Al-lah es uno de los objetivos por los que descendió el Noble Corán, al igual que implementar su soberanía. Asimismo, la adoración no se consigue sino a través de una inspiración descendida, por lo tanto no se puede juzgar sino por medio de una Shari‘ah descendida desde la divinidad o lo que tiene origen en una Shari‘ah descendida desde la divinidad.
 
Reconocer la soberanía divina es una forma de consolidar la adoración y la sumisión a Al-lah y es el cumplimiento del objetivo por el cual el hombre y el genio fueron creados, pues Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta así en español): {Por cierto que He creado a los genios y a los hombres para que Me adoren.} [Corán 51:56].
Los judíos reconocen en este documento, la existencia de una autoridad judicial superior a la que los habitantes de Medina, incluyendo a los judíos, se remitían según el artículo (43), pero, los judíos no estaban obligados a remitirse a la judicatura islámica siempre, sino sólo en el caso de que el problema o la disputa sea entre ellos y los musulmanes.
 
Sin embargo, en sus cuestiones privadas o sus casos personales, se valían de la Torá para juzgar entre ellos y sus rabinos, pero, si lo deseaban podían remitirse al Profeta, sallallahu ‘alayhi wa sallam, ya que, el Noble Corán dio la opción al Profeta, sallallahu ‘alayhi wa sallam, entre aceptar de ser el árbitro entre ellos o rechazarlo  remitiéndoles a sus rabinos, ya que Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta así en español): {Prestan oídos a la mentira y comen vorazmente de lo ilícito. Y si se presentan ante ti [para que juzgues entre ellos], hazlo o no intervengas [si no quieres]. Si no intervienes, no podrán perjudicarte en absoluto; y si juzgas entre ellos, hazlo con equidad. Allah ama a los justos.} [Corán 5:42].
 
Una de las cuestiones en la que los judíos quisieron acudir al Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, para juzgar entre ellos, fue el desacuerdo entre Banu An-Nadir y Banu Quraidhah en la indemnización (precio de la sangre) por homicidio, pues, Banu An-Nadir era más poderosa que Banu Quraidhah e impuso una indemnización doble por sus muertos, y cuando el Islam apareció en Medina, Banu Quraidhah rechazó pagar el doble y pidió la igualdad, entonces una aleya fue revelada. Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta así en español): {Les Hemos prescrito en ella [la Torá, la ley del Talión]: Vida por vida, ojo por ojo, nariz por nariz, oreja por oreja, diente por diente, y con las heridas [también aplicad] la ley del talión. Y si los familiares de la víctima perdonan [que se le aplique la pena al culpable], le serán borrados [por ello] sus pecados. Quienes no juzgan conforme a lo que Al-lah Ha revelado, ésos son los inicuos.} [Corán 5:45].
 
Y con este estatuto que decretó el artículo (43): “Cualquier hecho o pelea que llevan a un perjuicio entre los firmantes de este documento, pues, se remite a Al-lah y a Muhammad, Su Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam”.
 
 El Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, se convirtió en la instancia judicial suprema ya que todos le consultaban, y las disputas se remitían a Al-lah, el Misericordioso, y al Mensajero, sallallahu ‘alayhi wa sallam, y tenía también funciones ejecutoriales, porque obedecer las Órdenes de Al-lah, Enaltecido Sea, es una obligación.
 
 También las órdenes del Mensajero de Al-lah, sallallahu ‘alayhi wa sallam, vienen originalmente de Al-lah, el Majestuoso, y obedecerlas es también obligatorio.
 
Y así, el Mensajero de Al-lah, sallallahu ‘alayhi wa sallam, se convirtió en el líder del Estado y al mismo tiempo en la autoridad suprema en lo judicial, lo ejecutivo y lo legislativo, ya que se encargó de los tres poderes por ser el Mensajero de Al-lah, el encargado de anunciar la Shari‘ah de Al-lah, el que explica Sus palabras, y la autoridad ejecutiva por ser el Mensajero el gobernante y el jefe de Estado.
 
De esta manera, asumió  la presidencia del estado según las  disposiciones del estatuto constitutivo y con el consenso de las diferentes tribus existentes en Medina que se incluyen en los artículos del documento en el artículo (36) que sentencia: “Nadie sale de ellos sino con el permiso de Muhammad, sallallahu ‘alayhi wa sallam”.
 
Y esto tiene un gran efecto en no permitirles ser aliados de Quraish o de las otras tribus enemigas, y el artículo (43) que fue más claro y contundente, pues dice “No se permite lealtad a Quraish ni a quien los asiste”.
Cabe notar que no se mencionó en el documento el nombre de ninguna persona, excepto el Mensajero de Al-lah, sallallahu ‘alayhi wa sallam.
 

 

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