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La sentencia de delegar al comprador la compra y posesión de un bien para su mandante, y luego la posesión para sí mismo.

Pregunta

Trabajo en una empresa que tiene muchas tiendas de electrodomésticos. Esta empresa ha creado una aplicación de financiación al consumo, y yo trabajo en ella. La aplicación funciona de dos maneras:
Delegar al propio comprador la compra a través de cualquier tienda, y la empresa paga el dinero. Luego, después de que su agente (el propio comprador) lo posee, la empresa le vende el producto nuevamente mediante un contrato separado.
O bien, la empresa delega al dueño de la tienda para que sea el agente y se encargue de la entrega.
Tenga en cuenta que esta aplicación se utiliza para la venta y el pago a plazos en todas sus sucursales, lo cual representa la mayor parte de su negocio, y la empresa es dueña de los productos. ¿Cuál es la sentencia de cada una de estas transacciones? No sé si se produce una posesión legalmente válida o no. Si es haram (ilícito), ¿debo dejar mi trabajo antes de encontrar otro? ¿Y cuál es la sentencia de mi salario como programador en esta empresa?

Respuesta

Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.

Si la empresa es la dueña de los productos, no entendemos por qué venderían utilizando el método de Murabaha para el comprador. Este método normalmente involucra a tres partes: un vendedor que posee el producto, un comprador que lo compra al contado, y un cliente que luego lo compra al comprador inicial (el agente) a plazos.

Si el comprador potencial trata directamente con el dueño del producto, entonces le compra lo que desea a un precio diferido, lo que se conoce como venta a plazos.

En cualquier caso, puedes consultar las condiciones válidas para la validez de la venta Murabaha para el comprador en las fatwas: 139582 y 110113.

Aquí, queremos señalar que delegar al comprador la compra del producto de la Murabaha, poseerlo para su mandante y luego poseerlo para sí mismo, es un tema de disputa entre los juristas. La opinión predominante en nuestra escuela es que no está permitido, excepto en caso de extrema necesidad, como se menciona en los Estándares Shariah emitidos por la Organización de Contabilidad y Auditoría para Instituciones Financieras Islámicas (AAOIFI), en el estándar número (8) relacionado con la venta Murabaha:

"La norma es que la institución compre el producto directamente al vendedor. Se permite que lo haga a través de un agente que no sea el propio comprador. No se recurrirá a delegar al cliente (comprador) para que compre el producto, excepto en caso de extrema necesidad. El agente no venderá el producto a sí mismo, sino que la institución se lo venderá después de haberlo adquirido. En este caso, se observará lo establecido en el punto: 3 / 1 / 5 [que trata sobre la obligación de separar las dos garantías, la de la institución y la del cliente]."

"Se deben tomar medidas para que la institución se asegure de que se cumplan condiciones específicas al delegar al cliente la compra del producto, entre ellas: (a) Que la institución pague el precio al vendedor directamente, y no deposite el precio del producto en la cuenta del cliente (agente). (b) Que obtenga del vendedor documentos que confirmen la autenticidad de la venta."

Consulta las fatwas: 334336 y 480940.

En cuanto a tu trabajo como programador, su legalidad depende de la legalidad de las operaciones de la empresa a través de esta aplicación, lo cual no nos ha quedado claro en tu pregunta.

Sin embargo, en términos generales, podemos decir:

  • Si las transacciones realizadas a través de la aplicación son lícitas, entonces no hay objeción a trabajar en ella.

  • Si son ilícitas, entonces no está permitido trabajar en ella.

  • Si son mixtas, y la aplicación puede usarse de manera lícita o ilícita, según la elección del usuario, entonces no se juzga el trabajo como ilícito, ya que no se limita a lo prohibido. Para más información, consulta las fatwas: 161487, 146069 y 503884.

Y Al-lah sabe más.

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